La nueva Ley Nacional de Educación Ambiental es un hecho educativo que afianza el acceso de las escuelas de todo el país a contenidos, estrategias y herramientas diferentes para la enseñanza de la temática en las aulas.
Trasmitir conocimiento, propulsar hábitos saludables y desarrollar valores de respeto hacia los ecosistemas planetarios son varios de los factores para lograr un modo de vida sustentable y el desarrollo sostenible de las sociedades. Por ello es imprescindible que se analice la temática ambiental y todas sus vertientes en los diferentes niveles de educación, ya que desde la escuela se introducen y se generan acciones dirigidas al cuidado y preservación del medioambiente.
Son varias las provincias y jurisdicciones que poseen una ley vigente de educación ambiental. La Ciudad de Buenos Aires es pionera en el país y la región. Ya desde el año 2005 rige en el territorio la ley N.º 1687. El programa Escuelas Verdes el año pasado, festejó los primeros 10 años como una política pública sostenida a través del tiempo, que promueve la sustentabilidad mediante la educación y la gestión ambiental en las escuelas del distrito.
Durante este año nuestro país saldó una deuda pendiente al respecto. El viernes 14 de mayo la Cámara de Senadores del Congreso de la Nación ratificó de forma unánime lo que los/as diputados/as habían aprobado unas pocas semanas atrás: el proyecto de Presupuestos Mínimos para la implementación de la Educación Ambiental en todo el territorio, se convirtió en la ley N.º 27621.
Este hecho histórico fue posible debido a la voluntad de los representantes de la Ciudad de Buenos Aires y las 23 provincias, ONG, colectivos y agrupaciones ambientalistas.
En general, la ley determina una estrategia a nivel nacional a largo plazo, y garantiza el derecho a una educación ambiental que sea gratuita, federal, y permanente. Esta iniciativa aprobada por el Congreso facilita que se unifiquen objetivos y criterios en todo el país, para afianzar el cambio de mirada necesaria para lograr un desarrollo sostenible de la sociedad, que a la vez respete, proteja y desarrolle una gestión eficiente de los bienes naturales y la vida en todos los ecosistemas posibles.
La nueva ley dispone el agregado de contenidos ambientales en todos los niveles educativos, basados en una serie de ejes, principios y fundamentos, que incluyen el cuidado de la biodiversidad, la equidad e igualdad, el respeto a la diversidad cultural y los pueblos originarios, el resguardo del patrimonio natural, el pensamiento crítico y el derecho a un ambiente sano, entre otros factores.
La propuesta desarrolla la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (ENEAI), mediante el cual los colegios en toda la Argentina podrán contar con una herramienta legal que afirma el abordaje de la temática ambiental en todas las aulas. Esto determina un factor fundamental en la creación de una ciudadanía con principios de solidaridad y respeto hacia el ambiente. De esta forma, se incentiva a las presentes y próximas generaciones a ser propulsores del cambio cultural y social que se necesita para resolver los desafíos que presenta la crisis hoy día.
La implementación de la ENEAI a nivel nacional, provincial y municipal es un logro del país para llevar adelante los ejes propuestos en los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en especial con la meta 7 del objetivo N.º 4 («Educación de Calidad»): «Asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, mediante la educación para el desarrollo sostenible y los estilos de vida sostenibles.»
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el COFEMA (Consejo Federal de Medio Ambiente) contarán con la posibilidad de garantizar la aplicabilidad de la ley, en conjunto con el Consejo Federal de Educación.
En los 90 días siguientes a la reglamentación y entrada en vigor de la ley se deberá conformar la Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental (CENEA), que deberá integrarse con representantes del ámbito educativo, académico, científico, de los pueblos originarios y organizaciones civiles.