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El gobierno de Jorge Macri denunció penalmente a los metrodelegados por el paro del subte

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El gobierno de Jorge Macri denunció penalmente a los metrodelegados de la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro (AGTSyP) por «afectar el funcionamiento» del servicio durante el paro de transporte que se desarrolló ayer.

En tanto, la empresa estatal SBASE acusó a los sindicalistas de «afectar el funcionamiento» del servicio durante la medida de fuerza de este miércoles «en perjuicio de toda la sociedad» y el gobierno de Jorge Macri denunciaron penalmente a los delegados de la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro (AGTSyP) por «afectar el funcionamiento» del servicio durante el paro de transporte que se desarrolló el miércoles 30.

Asimismo, el presidente de la empresa Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE), Javier Ibáñez, formuló la denuncia contra los delegados Federico Soria, Jiménez de Honalda y «contra toda otra persona que resulte autor, coautor, partícipe, cómplice y/o encubridor» del delito de «afectar servicio público de transporte» contemplado en el artículo 79 del Código Contravencional de la Ciudad.

Al mismo tiempo, Ibáñez indicó que los hechos denunciados «han sido cometidos en perjuicio de toda la sociedad», por lo que solicitó que «se aplique el máximo de la pena que establece la normativa penal indicada y toda otra que resulte de aplicación complementaria».

A la vez,  indicó que la Ley 4.472 de Regulación y Reestructuración del Subte establece en su artículo 20 que «en caso de conflictos colectivos de trabajo que deriven en huelga del personal o de cualquier otro tipo de reclamo colectivo que afecte la prestación del servicio, el prestador deberá brindar servicios mínimos».

De acuerdo establece la denuncia, los delegados abrieron puertas de emergencia para que los usuarios pudieran «viajar sin abonar el boleto correspondiente», impidieron la marcha de una formación que realizaba un viaje de prueba y puesta a punto, y se atrincheraron en otras dos formaciones para impedir que el personal jerárquico las removiera.

«Las conductas descriptas, sin perjuicio de otras calificaciones, encuadrarían en las previsiones del artículo 79: ‘Afectar el funcionamiento de servicios públicos’ que sanciona a quien afecta intencionalmente el funcionamiento de los servicios públicos sanitarios, hospitalarios, de alumbrado, limpieza, gas, electricidad, agua, teléfono, transporte, correo o transmisión de datos», finaliza.